Una motocicleta en esta vía, ¿a qué velocidad máxima puede adelantar?
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A Respuesta correcta
A. A 90 km/h.
¿Por qué? Una vez entrado en vigor, el Texto refundido de la Ley sobre Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el día 21 de marzo de 2022, queda suprimido el apartado que permitía superar la velocidad máxima establecida en carreteras convencionales en 20k/h. por lo que a partir de la fecha, no se permite rebasar el limite de velocidad, al que hacia referencia este apartado. BOE de 20 de diciembre 2021, entrada en vigor el 21 de marzo de 2022.
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Respuesta correcta: A. A 90 km/h.