Imagen de la pregunta DGT: Circulamos por una carretera con varios carriles en el mismo sentido de la marcha detrás de otra mot...

Circulamos por una carretera con varios carriles en el mismo sentido de la marcha detrás de otra motocicleta que circula a la velocidad máxima permitida para este tipo de vías. ¿Podemos adelantarla?

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A Respuesta correcta

A. No.

¿Por qué? La velocidad máxima en carreteras convencionales es de 90 km/h, Una vez entrado en vigor, el Texto refundido de la Ley sobre Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el día 21 de marzo de 2022, queda suprimido el apartado que permitía superar la velocidad máxima establecida en carreteras convencionales en 20k/h. por lo que a partir de la fecha, no se permite rebasar el limite de velocidad, al que hacia referencia este apartado. BOE de 20 de diciembre 2021, entrada en vigor el 21 de marzo de 2022.

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Respuesta correcta: A. No.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta del examen teórico DGT aplica al permiso A1 y pertenece al tema «Velocidad» del temario oficial. La respuesta correcta es A: No.. Explicación: La velocidad máxima en carreteras convencionales es de 90 km/h, Una vez entrado en vigor, el Texto refundido de la Ley sobre Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el día 21 de marzo de 2022, queda suprimido el apartado que permitía superar la velocidad máxima establecida en carreteras convencionales en 20k/h. por lo que a part... Fuente: banco histórico recopilado por la comunidad de opositores al carnet de conducir.

Tema:
Velocidad
Publicada:
mayo de 2026

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la respuesta correcta?

La respuesta correcta es A: No..

¿Por qué es ésta la respuesta correcta?

La velocidad máxima en carreteras convencionales es de 90 km/h, Una vez entrado en vigor, el Texto refundido de la Ley sobre Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el día 21 de marzo de 2022, queda suprimido el apartado que permitía superar la velocidad máxima establecida en carreteras convencionales en 20k/h. por lo que a partir de la fecha, no se permite rebasar el limite de velocidad, al que hacia referencia este apartado. BOE de 20 de diciembre 2021, entrada en vigor el 21 de marzo de 2022.

¿De qué tema del temario DGT es esta pregunta?

Pertenece al tema «Velocidad» del temario oficial de la DGT.

¿Para qué permiso de conducir aplica esta pregunta?

Aplica al permiso A1 (Motocicletas hasta 125cc).

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